ITE: INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS
Definición de la
ITE
La
ITE
será el dictamen, emitido por técnico competente, mediante el cual se podrá
conocer el estado general de un edificio, basándose en la INSPECCIÓN VISUAL
del mismo. Se materializa en un Informe-Cuestionario preestablecido, elaborado
tras la visita de inspección girada al edificio.
La
ITE
consta de un INFORME de la inspección realizada y un DICTAMEN final, visado por
el correspondiente Colegio Profesional, con la opinión sobre las condiciones del edificio y los
criterios de intervención, que deberá entregarse a la propiedad y a la Administración.
Objeto de la ITE
1).La
identificación de los deterioros producidos por causas exteriores o interiores,
vicios, fallos o falta de mantenimiento.
2).Realizar
una prediagnosis correcta del estado de conservación del edificio.
3).
Clasificar, por orden de gravedad, los males producidos adecuando las
actuaciones.
4).
Evaluar la importancia del daño y Dictaminar sobre la necesidad de
intervención.
En la ITE se analizarán los aspectos relativos a:
-
CUBIERTA.
-
CIMENTACION Y ESTRUCTURA.
-
FACHADA.
-
REDES DE SUMINISTRO Y EVACUACIÓN DE LAS AGUAS.
Obligatoriedad
de la ITE
La Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y
Urbanismo de presidencia de Gobierno del Gobierno Vasco regula la realización
de ITEs. En el artículo 200 punto1º, dice:
“Los propietarios de toda
construcción o edificación catalogada o protegida, así como de toda edificación
de uso residencial de antigüedad superior a cincuenta años, deberán encomendar
a un técnico facultativo, cada diez años, la realización de una inspección
dirigida a determinar el estado de conservación de la construcción o
edificación.”
Es decir, es obligatoria, en edificaciones catalogadas o de
más de cincuenta años.
Además, en el artículo 200 punto 4º de la Ley 2/2006 se dice:
“Los ayuntamientos podrán requerir de
los propietarios la exhibición de los informes técnicos resultantes de las
inspecciones periódicas, y, en caso de comprobar que éstas no se han realizado,
ordenar su práctica o realizarlas en sustitución y a costa de los obligados.”
Es decir, los Ayuntamientos pueden llegar a exigir la
ejecución de las obras exigidas o recomendadas en la ITE.
Costo de la ITE
El coste de
una ITE es variable en función de una serie de factores: antigüedad, ubicación,
altura, volumen y forma del edificio...etc. El coste debe asumirlo la Comunidad de
Propietarios.
DATOS del
EDIFICIO
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LOCALIDAD y DIRECCIÓN:
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ANTIGÜEDAD del EDIFICIO:
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TAMAÑO del EDIFICIO (suma de superficies construidas en planta)
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NÚMERO de PLANTAS del EDIFICIO:
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NÚMERO de VIVIENDAS y LOCALES:
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TIPO de ESTRUCTURA:
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Capacitación para la realización de la ITE
Metodología para
efectuar una ITE
1).- Primer contacto con el cliente (Administrador de Fincas, Comunidad de
Vecinos o particular), solicitud de datos del edificio a inspeccionar y
presentación de una Propuesta de Honorarios
2).- Aceptación de la
Propuesta de Honorarios
3).- Preparación y firma del Contrato de Arrendamiento de Servicios
Profesionales para realizar la ITE
4).- Establecimiento y coordinación del calendario de trabajo del técnico y la Comunidad de
Propietarios
5).- Entrega por parte del técnico de una sencilla hoja de encuesta para ser
rellenada por el propietario de cada vivienda o local en relación al estado del
edificio y de su vivienda o local en particular
6).- Recogida de la hoja de encuesta por parte del técnico por medio del
Administrador (aproximadamente a las dos semanas)
7).- Confirmación de fechas y horas de visita para realizar la inspección de
las zonas comunes del edificio y los interiores de vivienda (mínimo aconsejable
el 50 % de las viviendas del edificio y, en particular, aquellas donde se han
observado patologías según las encuestas)
8).- Visita/s de Inspección
9).- Redacción del Informe y el Dictamen de la ITE
10).- Visado Colegial del Documento
11).- Pago del coste concertado, por parte de la Comunidad de Propietarios
12).- Retirada del Colegio de Arquitectos del Documento de la ITE visado, y entrega del
mismo a la Propiedad
(2 ejemplares para la comunidad de propietarios de las cuales una de ellas
deberá entregarse a efectos de su tramitación en la Delegación de Vivienda,
Obras Públicas y Transportes correspondiente).
13).- 1 copia se enviará a la
Dirección de Vivienda, Innovación y Control, en la calle
Donostia-San Sebastián, nº1, Lakua 2, 2ªplanta (01.010 VITORIA-GASTEIZ), a la
atención de Elisa Manchado Elvira.
14).- Se enviará por correo electrónico debidamente rellenada la ficha nº3 a: e-manchado@ej-gv.es
15).- En caso de que la ITE
resulte con PATOLOGÍA INMEDIATA, MUY URGENTE o URGENTE deberá comunicarse al
Ayuntamiento y remitirse al Departamento de Vivienda junto con la ITE fotocopia de dicha
comunicación.
USLAN
arkitektura eta hirigintza
Paseo de Aiete 60, bajo
20.009 DONOSTIA - SAN SEBASTIAN
943.507.469
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